La comunidad armenia debe pasar del individualismo benefactor a un sistema solidario de ayuda mutua

Nélida y Eduardo Dermardirossian
eduardodermar@gmail.com


Cuando desde estas columnas impulsamos la creación de una asociación mutual para atender las necesidades de nuestra comunidad*, ignorábamos qué repercusión iba a tener esa iniciativa. Ignorábamos cómo iba a ser acogida en un medio social que ha elegido el camino de la beneficencia y no el de la ayuda mutua para asistir a sus miembros. Por eso fuimos cautos y pusimos el tema a la consideración pública sin ensayar predicciones y sin prodigarnos en bienaventuranzas. No alentamos más expectativas que las que razonablemente puede consentir nuestra realidad institucional y dijimos nuestro parecer sobre el rumbo que de ahora en más debía seguir nuestra comunidad para reemplazar los actos de caridad por un sistema solidario organizado.

Como miembros de esta comunidad y como articulistas que ahora vuelven sobre un tema que ha provocado algunas reacciones, debemos tener tiento y hablar solamente de las cosas que, en nuestra opinión, pueden contribuir al provecho de la iniciativa. Entender que todo cambio produce unas resistencias que es preciso vencer para que el tiempo no nos fatigue, para que no nos sepulte bajo los cachivaches del olvido.

Recordando preceptos

Aún a riesgo de ser iterativos, creemos conveniente volver sobre algunos preceptos legales. En nuestra nota anterior transcribimos el artículo 2° de la ley 20321: “Son asociaciones mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales, o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica”: Agregamos que la ausencia de lucro, la solidaridad, la libertad asociativa y la periodicidad de la contribución son características distintivas del mutualismo. Y concluimos enumerando algunos servicios que puede prestar la mutual: asistencia médica, farmacéutica y odontológica; fondo compensador jubilatorio; préstamos y seguros; vivienda; promoción cultural, educativa, deportiva y turística; ayuda económica con fondos propios o con captación de ahorros; subsidios por nacimiento, adopción, casamiento, fallecimiento y sepelio; anticipo de haberes, etcétera.

Para favorecer la iniciativa dijimos que la mutual que se cree no necesitará contar con equipamiento médico, farmacéutico, turístico o educativo propio, porque podrá contratar las prestaciones de otras asociaciones de la misma clase o de prestadores privados, según lo autoriza la ley. Anhelamos que las organizaciones comunitarias aporten su base societaria, de modo que sus asociados directos gocen de los servicios que prestará la mutual y los asociados a las otras instituciones, así como los directivos y el personal dependiente de las empresas privadas y sus familias, puedan acceder a los mismos servicios mediante convenios especiales.

Y para anticipar el criterio abarcativo que debe inspirar a una organización de esta clase y a sus propiciadores, recordamos que el artículo 7° de la ley prohibe “la introducción de cláusulas que restrinjan la incorporación de argentinos, como asimismo que coloquen a éstos en condiciones de inferioridad con relación a los de otra nacionalidad”.

Hoy venimos a decir que el colectivo armenio de Argentina debe pasar del individualismo benefactor y azaroso a un sistema que otras comunidades han acogido hace más de un siglo. Sin rupturas ni ingratitudes y preservando las instituciones de beneficencia, los armenios debemos perfeccionar nuestro sistema asistencial creando mecanismos solidarios que reemplacen la dádiva y la caridad por el derecho a los servicios de salud, educación, cultura, trabajo, previsión social y otros.

Caridad y solidaridad


Muchos prodigaron su bondad, su esfuerzo y su patrimonio para auxiliar a sus paisanos y favorecer el desarrollo de un medio social con identidad propia. Fueron los bienhechores de la comunidad armenio-argentina y a ellos les debemos gratitud. Pero a esta altura de los tiempos es preciso distinguir entre el acto benefactor, que hace el bien a otro, del acto mutual, donde el otro recibe un auxilio al que tiene derecho. El acto benefactor tiene origen en la caridad como virtud teologal, el acto mutual es el ejercicio de un derecho consagrado por la ley. El acto benefactor no puede ser exigido, el acto mutual sí; aquel puede herir la estima que de sí tiene el recipiente, éste, al revés, eleva esa estima en cuanto le hace acreedor a un título y a un derecho.

Las asociaciones benéficas y las mutualidades tienen sus respectivos marcos normativos. Las primeras fueron recogidas por nuestra legislación civil desde el código que le debemos a Vélez Sársfield, y si bien las otras nos llegan desde el fondo de la historia, en nuestro caso están regidas por la ley 20321 de 1973, modificada en 2001 por la ley 25374. Dos tipologías institucionales que tienen en común la ausencia de fin lucrativo y que, sin embargo, difieren por los valores que quieren alentar: la asociación benéfica, la caridad; la asociación mutual, la solidaridad.

La caridad, con todo lo que tiene de valioso, no es sino un rasgo de la persona individualmente considerada, dura tanto como su bonanza y su voluntad. La caridad habla bien de la persona caritativa, pero lastima finalmente al que la recibe. Es paliativa por naturaleza, le ayuda al hombre en una particular desventura, pero no remueve la causa de esa desventura.

La solidaridad, en cambio, puede ser instituida como sistema que consagra los derechos inherentes a la persona humana, dignificándola y ofreciéndole un ámbito fiable y permanente para la atención de sus necesidades y el desarrollo de sus aptitudes y vocaciones. La solidaridad tiene la particularidad de unir a los hombres para asistirlos en sus necesidades, sin impedir que cada quien busque su particular interés. Sentimiento aglutinante de las sociedades humanas y fundamento de las organizaciones mutuales, la solidaridad consagra una igualdad esencial entre los miembros de la comunidad y le reconoce a cada uno de ellos el derecho correspondiente, al tiempo que no cuestiona las diferencias de fortuna que la realidad o los sistemas políticos consientan.

Además, ningún grupo humano que pretenda perdurar conservando sus rasgos identitarios puede sostenerse sobre la caridad.

Responsabilidad de los dirigentes en esta instancia del desarrollo comunitario

Si bien las reacciones que suscitó nuestro anterior artículo fueron favorables a la creación de una Asociación Mutual Argentino Armenia, en algunos casos hemos sentido el regusto de viejos desencuentros. Por eso quisimos volver sobre el asunto. Para decir que hay consenso en constituir la mutual, para convocar a las instituciones y a los referentes sociales a la tarea, para decirles que es fecundo el medio y promisorio el proyecto. Pero también para invitarles a deponer recelos y primerismos que puedan abortar la idea.

Estamos expresando un deseo que encuentra su razón de ser en la necesidad y en la experiencia. Experiencia que conviene llevar a la mesa de análisis porque hasta ahora no hemos hecho sino un ejercicio retórico que para transformarse en realidad precisa del compromiso de las organizaciones. He aquí un trabajo concreto que nuestras instituciones deben acometer de consuno y con el concurso de las empresas y profesionales de diferentes disciplinas. Para que se asignen recursos permanentes a la acción social sin tener que acudir a la dádiva, con el consiguiente dispendio de esfuerzos y exilio de donantes.

Instamos, pues, a los dirigentes y a los referentes comunitarios a iniciar sin tardanza las consultas y aprontes que lleven a constituir la mutual, como un servicio necesario para la comunidad armenia. También como un aporte a la nación argentina, que brinda un marco legal y un trato fiscal generoso para esta clase de emprendimientos.

Y hacerlo en el marco del Diálogo Armenio tendrá un valor agregado: demostrarnos que podemos acometer los más importantes asuntos con criterios superadores de antinomias estériles y de personalismos que siempre crecen a expensas del interés general. Quiera nuestra sapiencia y nuestra generosidad que prontonos encontremos reunidos alrededor de una institución solidaria de esta clase.

* De los mismos autores ver en este sitio Hacia una Asociación Mutual Argentino Armenia.